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Secretaría de Trabajo y Conflictos

Ofelia Vázquez Blanco

Atribuciones y responsabilidades de la Secretaría de Trabajo y Conflictos

según Art. 207 de los Estatutos del SNTE:

I.  Conocer, atender y tramitar, de acuerdo con el Secretario General, los asuntos y conflictos de trabajo de la Delegación;

 

II.  Mantener la inviolabilidad de las conquistas de trabajo, emanadas de la Ley o de la costumbre, en favor de los miembros del Sindicato, quedándole prohibido concertar pactos o acuerdos que, en alguna forma, menoscaben estas conquistas;

 

III.  Promover actividades sindicales tendientes a beneficiar a los miembros de la Delegación y a mejorar el servicio educativo;

 

IV.  Informar al Comité Ejecutivo Delegacional y a los miembros de la Delegación, de los asuntos en trámite; solicitar de éstos la mayor información, documentos y pruebas que requieran la atención de sus asuntos y la solución de sus conflictos;

 

V.  Llevar un libro de registro de los conflictos laborales, consignando sus particularidades y secuencia, así como su solución; y,

 

VI.  Gestionar conjuntamente con el Secretario General, ante las instancias correspondientes, las plazas destinadas a los miembros de la Delegación, así como las prestaciones laborales y profesionales a que tengan derecho.

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