
Secretaría de Finanzas
Gilberto Jesús Pliego Rivera
I. Tener a su cargo y administrar, de acuerdo con la Secretaría General, los fondos de la Delegación, mediante el presupuesto por programas
autorizados por el Consejo Nacional a la Sección y Delegación de que se trate;
II. Mantener al corriente la contabilidad de la Delegación;
III. Informar semestralmente, en Asamblea Ordinaria, sobre el movimiento de fondos y enviar copia de su informe al Comité Ejecutivo Seccional;
IV. Formular, con base en las necesidades y requerimientos de la Delegación, y de manera coordinada con el Secretario General Delegacional y la
Secretaría Seccional correspondiente, el Presupuesto de Egresos de la Delegación Sindical;
V. Poner a disposición de la Secretaría de Finanzas de la Sección, de los Comités Nacional y Secretaría Seccional de Vigilancia; Transparencia y
Rendición de Resultados, y las Contralorías Internas de los Comités Ejecutivos Nacional y Seccional, la documentación que justifique y
compruebe el movimiento correcto de fondos de la Delegación, y darles facilidades para que efectúen las confrontaciones, revisiones o
inspecciones que requieran;
VI. Mantener al corriente el inventario de bienes de la Delegación y enviar copia del mismo al Comité Ejecutivo de la Sección, cuyo manejo se
sujetará al instructivo expedido por el Colegiado de Administración y Finanzas del Comité Ejecutivo Nacional;
VII. Asumir la responsabilidad, conjuntamente con la Secretaría General, del patrimonio y fondos de la Delegación; y,
VIII. Entregar mediante inventario, los bienes patrimoniales de la Delegación y el estado de cuenta de los recursos financieros del Comité, al dirigente
sindical que le suceda en el cargo.